Los rectores del Consejo Nacional Electoral de Venezuela (CNE) sostendrán una sesión extraordinaria este sábado, con el objetivo de definir la fecha de la venidera elección presidencial y dar cumplimiento así al artículo 233 de la Constitución Nacional, el cual expone que en caso de falta absoluta de un Presidente, se deben convocar los comicios en los 30 días siguientes después de producirse la falta.
Los rectores y directores del CNE ya tuvieron una reunión, a mitad de semana, en la que revisaron los tiempos requeridos para poder ejecutar cada etapa de la celebración de una elección de esta naturaleza, una de las más sencillas de organizar por tratarse de una circunscripción nacional y un único cargo a elegir.
Con la convocatoria, el CNE deberá también dar a conocer el cronograma por el que se regirán todos los procesos, entre ellos las postulaciones, la campaña, la producción del material y las auditorías.
El presidente encargado de Venezuela, Nicolás Maduro, quien fuese juramentado este viernes, llamó al CNE a celebrar elecciones “lo antes posible (…) para que el pueblo de Venezuela decida quién va a ser su presidente o presidenta de la República de manera democrática”. Así lo manifestó al momento de su juramentación ante el Parlamento nacional del país suramericano.
Maduro fue investido con el cargo de Presidente Encargado, cuatro días después del fallecimiento del líder de la Revolución Bolivariana, Hugo Chávez, quien no logró vencer una batalla contra el cáncer que libraba desde hace dos años.
“Haremos cumplir y cumpliremos con la mano dura de un pueblo dispuesto a ser libre”, juró Maduro.
En presencia de diputados, de la cúpula militar, de gobernadores y varios dirigentes latinoamericanos, el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, nombró a Maduro como “Presidente Encargado de la República Bolivariana de Venezuela”, de acuerdo al artículo 233 de la Contistución.
Respecto al proceso electoral que se avecina, el recién nombrado jefe de Estado expresó “que gane quien tenga que ganar, que decida el pueblo”.
El artículo 233 de la Carta Magna venezolano estipula, entre otros aspectos, que ante la “falta absoluta” de un Presidente electo en los primeros cuatro años de mandato se debe llamar a elecciones generales en los 30 días siguientes consecutivos, período durante el cual debe asumir la jefatura de Estado el Vicepresidente Ejecutivo. El Comandante Hugo Chávez comenzó su nuevo mandato el pasado 10 de enero.
(teleSUR)
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