La Corte Constitucional de Colombia aplazó hasta la próxima semana el fallo sobre el recurso interpuesto por la exsenadora Piedad Córdoba contra el general Alejandro Ordóñez, quien la destituyó y sancionó para ocupar cargos públicos durante 18 años.
Según la emisora WW Radio, los magistrados responsabilizados con el dictamen solicitaron nuevamente que cada uno de los integrantes de la Sala Plena de esa instancia jurídica estudiara toda la documentación presentada para llegar a una decisión final respecto a la acción legal planteada por Córdoba.
La sanción de inhabilitación y destitución de la entonces senadora fue impuesta el 27 de septiembre de 2010 por Ordóñez apoyado en supuestas informaciones encontradas en la computadora del abatido líder de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), alias Raúl Reyes, a comienzos del año 2008, que en su criterio, eran prueba de la cercanía de Córdoba con esta organización.
Según la emisora local Caracol Radio, la propuesta de dictamen a cargo del magistrado Jorge Iván Palacios dejaría en firme la destitución de Córdoba apoyándose en el artículo 277 de la Constitución Política. Ello para contrarrestar la acción legal sustentada en que el ministerio Público no tiene facultades para decretar la muerte política de los congresistas.
Sin embargo, un fallo de la Corte Internacional de Derechos Humanos (CIDH), decretado en un caso anterior, pondría en precario una eventual decisión de ese tipo por parte de la instancia jurídica colombiana.
Según la CIDH, las muertes políticas solo podrían decretarse cuando se trate de una condena impuesta por un juez competente en un proceso penal, lo cual no rige en el caso de Piedad Córdoba, cuya destitución e inhabilitación no correspondió a esos presupuestos legales.
De fallar en su contra la Corte colombiana, en cuyo seno prevalecen opiniones encontradas, Córdoba podría presentar su demanda ante la CIDH y luego ante la Corte Internacional de Derechos Humanos.
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