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Venta minorista de vehículos en Cuba con nuevas normas

Publicado el 19 diciembre 2013 en Noticias

El Consejo de Ministros de la República de Cuba aprobó nuevas normas jurídicas para la importación y comercialización de vehículos de motor, que serán próximamente publicadas en la Gaceta Oficial, informó el diario Granma hoy.

Durante la sesión que tuvo lugar este miércoles se decidió eliminar los mecanismos existentes de aprobación para la compra de vehículos de motor al Estado. De este modo quedan sin efecto las cartas de autorización emitidas por el Ministerio del Transporte.

En consecuencia, se libera la venta minorista de motos, autos, paneles, camionetas y microbuses, nuevos y de segunda mano, para las personas naturales cubanas y extranjeras residentes en el país, así como también para las personas jurídicas extranjeras y el cuerpo diplomático, estableciendo precios minoristas semejantes a los que reconoce el mercado entre particulares.

Esta venta liberada se irá implementando de manera gradual y paulatina, y en ella tendrán prioridad quienes actualmente posean cartas de autorización.

Con el ingreso recaudado se creará un fondo destinado especialmente al desarrollo del transporte público en todo el país.

Se mantiene, además, la autorización de importación directa de vehículos de motor nuevos y de segunda mano a las empresas importadoras autorizadas, así como también al cuerpo diplomático.

Continúa la transmisión de propiedad entre todos los propietarios particulares, tanto nacionales como extranjeros, y se preserva la limitación de que las personas jurídicas cubanas y extranjeras no pueden vender vehículos a las naturales.

Se autoriza la compraventa de motores de combustión interna (gasolina y diésel) y carrocerías entre particulares. Además, se permite la venta de carrocerías resultantes del desarme de vehículos a personas jurídicas y naturales por reposición.

Al propio tiempo, la política aprobada por el Consejo de Ministros prioriza la venta de bicicletas en el mercado minorista, incluyendo las eléctricas, para las cuales se establecerán precios sin fines recaudatorios, con el objetivo de favorecer su uso.

Se precisa que deberá garantizarse la disponibilidad de baterías, neumáticos, accesorios y piezas de repuesto, también con precios sin carácter recaudatorio.

Igualmente, se extiende el plazo de un año establecido a partir del primero de octubre de 2011, para realizar la transmisión de la propiedad de los vehículos que pertenecían a quienes salieron definitivamente del país antes de la puesta en vigor del Decreto 292. Ello permitirá concluir los trámites de este tipo que aún están en proceso.

Con estas normas jurídicas se dan pasos adicionales para eliminar restricciones que con el tiempo perdieron su razón de ser; con ellas desaparecen trabas administrativas que dejaban espacio a la ilegalidad; y se fomenta una nueva fuente de ingreso para el desarrollo del transporte público, lo cual es una prioridad del Estado cubano, destacó la fuente.


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