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Fundamentan motivos de juicio por espionaje a puertas cerradas

Arnel Medina Cuenca, doctor en Ciencias Jurídicas y vicepresidente de la Sociedad Cubana de Ciencias Penales, explicó al diario Granma que el espionaje constituye un delito grave por atentar contra la seguridad nacional. Foto: ACN

El Tribunal Supremo Popular informó que el juicio por espionaje contra Alejandro Gil Fernández, ex vice primer ministro y ministro de Economía y Planificación, se celebrará a partir de hoy a puertas cerradas, en apego a lo establecido por la Ley 143 del proceso penal cubano.

Arnel Medina Cuenca, doctor en Ciencias Jurídicas y vicepresidente de la Sociedad Cubana de Ciencias Penales, explicó al diario Granma que el espionaje constituye un delito grave por atentar contra la seguridad nacional, sancionado con penas de diez a 30 años de privación de libertad, cadena perpetua o muerte, según el Código Penal vigente.

El especialista señaló que el artículo 116 de la Ley 151 tipifica como espionaje la colaboración con servicios de información de Estados extranjeros, la obtención o entrega de datos secretos y la penetración clandestina en instalaciones militares o estratégicas.

Medina Cuenca precisó que incluso acciones como tomar fotografías o poseer planos de zonas militares sin autorización pueden ser sancionadas con prisión de dos a cinco años, mientras las formas más graves se refieren a la entrega de información a un Estado extranjero.

Sobre la decisión judicial, indicó que el artículo 477 de la Ley 143 establece la publicidad de los juicios, salvo en casos donde razones de seguridad nacional, moralidad, orden público o respeto a las víctimas aconsejen la celebración a puertas cerradas.

El académico subrayó que en procesos por espionaje esta restricción es habitual, pues durante el debate pueden revelarse informaciones sensibles que comprometan la seguridad del país.

Recordó que la Constitución garantiza la presunción de inocencia de todo acusado hasta que exista sentencia firme, lo que protege el derecho a un proceso justo y evita prejuzgar al imputado.

Según la Fiscalía General de la República, además del delito de espionaje se presentaron acusaciones por otros hechos, que serán juzgados en procesos posteriores.

Medina Cuenca concluyó que la regulación cubana sobre espionaje se ajusta al Derecho Comparado internacional, con sanciones severas y procedimientos que equilibran la protección de la seguridad nacional y los derechos del acusado.

(Con in formación de ACN)

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Etiquetas: Alejandro Gil FernándezCubaDerechoEspionajeJuicio

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