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Fomentar una cultura tributaria y la disciplina fiscal

Publicado el 22 enero 2014 en Mesa Redonda

Por Yailin Orta Rivera, especial para la Mesa Redonda [1]

Fotos de Roberto Garaicoa

La Ley 113 del Sistema Tributario, que entró en vigor en enero de 2013, con vistas a garantizar que los aportes monetarios sean suficientes para respaldar las decisiones de gasto social, además de mantener el déficit en rangos sostenibles para la economía, continúa aplicándose en Cuba de forma gradual y sostenida.

Esta legislación, que establece las normas sobre el pago de impuestos, tasas y contribuciones al Presupuesto del Estado, un presupuesto que además tiene la singularidad de que en más del 50 por ciento se dedica a gastos sociales que tranversalizan a toda la sociedad (educación y salud públicas, y seguridad social), determina que todas las personas naturales y jurídicas, con capacidad económica, están obligadas a liquidar los 19 tipos de tributos establecidos, tres contribuciones e igual número de tasas.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, explicó en la Mesa Redonda de este miércoles, que si hacemos un balance los tributos representan el 65 por ciento del total de los ingresos, lo cual confirma su importancia para asegurar el funcionamiento del Estado, además de estimular sectores, actividades y conductas que contribuyan al desarrollo socioeconómico de la nación.

Este cuerpo jurídico, que amplía y moderniza el instrumento anterior, que databa de 1994, tiene entre sus conceptos de aporte los impuestos sobre el Transporte Terrestre y la Propiedad o Posesión de Embarcaciones, así como sobre los ingresos personales; y como dato interesante del comportamiento de lo ocurrido en 2013, hizo notar el crecimiento a un 3,5 por ciento de las recaudaciones totales de los trabajadores por cuenta propia, lo cual fue de un uno por ciento cuando comenzó el régimen fiscal para esa forma de gestión.

El directivo precisó que como parte del carácter activo y flexible del cumplimiento de lo legislado, se contemplan regímenes especiales para determinados sectores. En tal sentido, destaca el agropecuario, para el cual se estableció una carga tributaria menor en relación con otras esferas económicas, al tiempo que no se imponen cargas fiscales por la posesión de las tierras, sino que se penalizan a los que las tengan ociosas.

Además, los productores agropecuarios reciben un tratamiento que buscará estimular la producción de alimentos y diversos productos del sector, al conceder un beneficio fiscal consistente en la reducción del 50% del tipo impositivo que se aplica a los demás sectores económicos en el impuesto sobre las utilidades.

De manera general, disminuye también el tipo impositivo del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, de un 25% a un 5% en un plazo de cinco años, con la exoneración del pago de ese tributo para los trabajadores por cuenta propia, agricultores y otras personas naturales que contraten hasta cinco trabajadores.

Igualmente, los que se afiliaron a las cooperativas no agropecuarias se benefician de la posibilidad de no tener que pagar tributos en los primeros tres meses de formadas.

Para este 2014, Vladimir Regueiro expresó el tratamiento financiero y tributario que tendrá el sector de la Cultura. Como ellos podrán contratar fuerza de trabajo para realizar sus obras o preparar sus presentaciones; y también tendrán la posibilidad de acceder a los servicios que brindan otros creadores, artistas y trabajadores por cuenta propia, al igual que sucede en el resto del sector no estatal, el Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo se pagará cuando se empleen los servicios de más de cinco trabajadores, lo cual puede reconocerse como gastos deducibles del Impuesto sobre Ingresos Personales.

El Impuesto sobre los Ingresos Personales no se aplicará al salario que perciben los artistas contratados en entidades pertenecientes al sistema de la cultura, la radio, la televisión, así como otras instituciones estatales. Será gravado con el Impuesto sobre Ingresos Personales cualquier otro ingreso adicional que obtengan estos trabajadores por la comercialización de sus presentaciones y obras, o por el ejercicio de cualquier otra actividad económica aprobada.

De los ingresos personales podrán descontar un mínimo exento de 10 mil pesos y hasta un 50 % de gastos deducibles propios de la actividad, de los cuales solo tendrán que justificar el 50 %. Otra peculiaridad es que podrán descontarse los tributos pagados en el exterior siempre que tengan los justificantes establecidos.

Otra de las particularidades que tendrá el ejercicio fiscal en este 2014, es que se implementarán las cargas impositivas por las acciones vinculadas al Medio Ambiente, entre los que se cuentan el uso y explotación de playas o los vertimientos a la bahía.

Yolanda Álvarez, jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), precisó en este espacio radiotelevisivo que en el año 2013 el comportamiento de la disciplina fiscal fue de un 91 por ciento, y que 15 mil contribuyentes no declararon, a los que hubo que conminar a hacer lo que les corresponde como ciudadanos.

Entre los estímulos fiscales que se han implementado, dijo, se encuentra eximir de un 5 por ciento del impuesto a los que paguen antes del 28 de febrero su Declaración Jurada, que tiene la particularidad de que los impuestos sobre el Transporte Terrestre y la Propiedad o Posesión de Embarcaciones se aportan dentro de los primeros nueve meses del año, en tanto, los Ingresos Personales se presentan antes del 30 de abril.

Sobre el beneficio del descuento, llamó la atención sobre el hecho de que solo un dos por ciento de los contribuyentes se favorecieron con esto en 2013. Y ahondó en que el año anterior se fiscalizó el 30 por ciento de las declaraciones, lo que arrojó 130 millones de pérdidas, de las cuales ya se han cobrado 75 millones.

Para esta nueva Campaña de Declaración Jurada y Pago de Tributos 2014 para personas naturales y jurídicas, que comenzó desde el 8 de enero, explicó que se capacitaron a todos los trabajadores para que puedan dar un servicio más personalizado y alertó de que se van a fiscalizar en esta ocasión el ciento por ciento de las declaraciones juradas.

Destacó que si los participantes declaran, y lo hacen en tiempo y correctamente, entre otras ventajas, será más factible para todos porque no habrá sanciones accesorias ni costos extra por incumplimiento; y será algo positivo para la economía, la sociedad y los propios contribuyentes.

Explicó, además, que emitir la Declaración Jurada cuanto antes será garantía de que se fiscalice con rapidez, lo que permitirá la rectificación y subsanación de errores, antes del cierre de la Campaña.

Ratificó que será un proceso justo, legal y transparente porque los contribuyentes podrán informarse adecuadamente y tendrán la posibilidad de reclamar si creen que la cantidad impuesta no es justa, o de llegar a un aplazamiento o convenio de pago, acuerdo que incluye el cobro del uno por ciento de interés por parte de la ONAT.

Belkis Pérez, de la Oficina de Atención al Contribuyente, destacó que para garantizar el cumplimiento de la Declaración Jurada y el pago de impuestos, existen normas legales como la Ley 113 del Sistema Tributario y el Reglamento 308, en las que se recogen las consecuencias de un incumplimiento.

Se establece que quien no haga su Declaración Jurada se convertirá en «omiso» y deberá pagar una multa de hasta 600 pesos. Por su parte, quienes incurran en la subdeclaración de ingresos, pueden ser multados con una cuota de hasta 10 000 pesos.

Yamilé Pérez, vicejefa de la ONAT, sostuvo que en esta Campaña se está garantizando a tiempo la documentación fiscal, que esta vez no estará a la venta. El 80 por ciento de las planillas que deben recibir los contribuyentes fue entregado por las Oficinas de Correos, mientras que los tenedores de libros y los pagadores de impuestos desempeñaron un papel importante en esta labor.

En el caso de quienes se han trasladado de domicilio fiscal y por este motivo no han recibido su planilla, deben llegar hasta las oficinas de la ONAT antes del 30 de abril para adquirir los documentos e informaciones.

Se aclaró además que la ONAT solo puede brindar el servicio y la asistencia, pero no está facultada para llenar las planillas de los contribuyentes, quienes deben dar la importancia correspondiente a su Declaración, proceso solemne y bajo juramento que no debe entregarse en mal estado ni ilegible.

Yolanda Álvarez, jefa de la ONAT, señaló que el propósito de esta entidad y del país es dar toda la asistencia e información a la población, en particular a los contribuyentes, para fomentar la cultura tributaria y la disciplina fiscal, y generar un clima de mayor cumplimiento y respeto a la Administración Tributaria y al Estado.

La Mesa Redonda dedicó su emisión a la Ley 113 del Sistema Tributario, que entró en vigor en enero de 2013.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, explicó en la Mesa Redonda de este miércoles, que si hacemos un balance los tributos representan el 65 por ciento del total de los ingresos, lo cual confirma su importancia para asegurar el funcionamiento del Estado.

El directivo precisó que como parte del carácter activo y flexible del cumplimiento de lo legislado, se contemplan regímenes especiales para determinados sectores.

El Impuesto sobre los Ingresos Personales no se aplicará al salario que perciben los artistas contratados en entidades pertenecientes al sistema de la cultura, la radio, la televisión, así como otras instituciones estatales.

Sobre el beneficio del descuento se llamó la atención sobre el hecho de que solo un dos por ciento de los contribuyentes se favorecieron con esto en 2013.


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