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Paga lo que debes

Publicado el 23 enero 2014 en Mesa Redonda

Por Yailin Orta Rivera, especial para la Mesa Redonda [1]

Fotos de Roberto Garaicoa

La Ley 113, atemperada a la actualización del modelo económico cubano, tiene un diseño basado en la necesidad de garantizar la recaudación de un respaldo financiero que apuntale los gastos sociales a los que en Cuba se destina más de la mitad de los gastos corrientes del Presupuesto del Estado.

Por ello es un deber ineludible que los contribuyentes paguen las tasas impositivas que están establecidas. Sin embargo, este año, hasta el 17 de enero, solo se habían presentado 7 000 declaraciones juradas, y de estas, 312 personas no pueden presentarse al banco, lo que demuestra que hay una tendencia a subdeclarar ingresos. Y solo a 213 personas se les ha podido descontar el beneficio del 5 por ciento, por hacerlo debidamente y antes del 28 de febrero del corriente.

Lo anterior lo explicó, en la Mesa Redonda de este jueves, Yolanda Álvarez, jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), quien además se detuvo en que las provincias de Las Tunas, Granma, Cienfuegos y Mayabeque, son las que mejor muestran un ritmo en el proceso de Declaración Jurada en este 2014, y señaló que Sancti Spíritus, La Habana, Matanzas y Santiago de Cuba son los territorios más rezagados.

Al propio tiempo, recomendó que quien no haya recibido la documentación “que vaya a nuestras oficinas, para que pueda presentarse antes del 28 de febrero y no pierda la posibilidad de la reducción del 5 por ciento de la carga impositiva”.

Ante dudas de los televidentes, relacionadas con el comportamiento de este proceder atendiendo a las diversas etapas de alta o baja, la directiva ahondó en que se conoce con exactitud por la ONAT cuáles son las diversas tendencias, ya que se hizo un estudio con más de 2 600 contribuyentes, en el cual se comprobó que un 29 por ciento obtenía un nivel superior a lo que declaraban. A su vez, esta indagación permitió caracterizar las diversas actividades, a los contribuyentes y a las zonas. “Todo esto se tiene en cuenta y a partir de ello se fiscaliza por los 5 mil trabajadores con los que cuenta este organismo”.

“Todo este proceso, resaltó, nos ha enseñado a que nadie puede gastar más de lo que ingresa, y con esta fórmula se trata de poner contención a los que pretenden evadir su responsabilidad o subdeclarar”.

Sin perder de vista el principio de generalidad en su aplicación, se incluyen regímenes especiales y beneficios fiscales justificados, por razones de política económica, en el que se destaca un régimen especial para el sector agropecuario.

Asimismo, la Ley amplía y simplifica los términos de pago en varios tributos y aumenta los tributos referidos a la protección y conservación del medio ambiente.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, apuntó que si bien se trata de una herramienta que abarca todos los sectores de la sociedad, su estructura permite variar las bases imponibles, tipos impositivos, formas y plazos de pago, según las circunstancias de la economía o particularidades de un sector o territorio. La adecuación de los tributos se incluirá, según se vaya requiriendo, en la Ley anual del Presupuesto del Estado que, año tras año, se discute en el Parlamento cubano.

“En su aplicación se tiene en cuenta la capacidad económica de los sujetos obligados a su cumplimiento y las características de los territorios; estableciéndose mayores gravámenes para los ingresos más altos”, esclareció.

“Los Consejos de la Administración Municipal del Poder Popular están facultados para que cambien las tasas tributarias, de acuerdo a la situación imperante. Si hay una afectación de tipo climatológica o de tipo epidemiológica, y determinada actividad se suspende por un tiempo, se adecuan las cuotas a partir de las limitaciones de ese ejercicio”.

Belkis Pino, de la Oficina de Atención al Contribuyente, explicó además que tomando en cuenta que las condiciones no están creadas, se ratifica la no exigencia del Impuesto sobre Ingresos Personales sobre los salarios. Tampoco se exigirá por el momento, el Impuesto sobre la Propiedad de las viviendas. De este tributo se exime a los propietarios de inmuebles declarados inhabitables.

Ante varias preguntas de los seguidores de este espacio, la funcionaria sostuvo que a los gastos deducibles se le aplican diversos porcentajes y alertó que hay que tener justificantes del 50 por ciento de los gastos realizados. “Igualmente, estos documentos deben tenerlos guardados, ya que son susceptibles de ser auditables en cinco años”.

Belkis Pino precisó además que los maestros no pagan un cinco por ciento de tributo, porque como se mencionó, hasta el momento no se aplica un impuesto sobre el salario, y lo que se paga es la contribución especial a la seguridad social.

Yamilé Pérez, vicejefa de la ONAT, sostuvo que las personas que reciben remesas del exterior tampoco pagan impuestos por ello, así como que por el momento quienes reciban financiamiento por algún trabajo en el exterior no deberán pagar impuestos, algo que sí está contemplado en la Ley, pero que por ahora no se aplicará.

La Vicejefa dijo que por la venta de diferentes artículos tampoco las personas naturales deberán pagar el fisco, solo por la venta de autos o viviendas.

Vladimir Regueiro precisó algunos elementos vinculados con el tratamiento financiero y tributario en el sector de la cultura. En cuanto al Impuesto sobre Ingresos Personales, no se aplicará al salario que perciben los artistas contratados en entidades pertenecientes al sistema de la cultura, la radio, la televisión, así como otras instituciones estatales. Regueiro expresó que con tal tributo se gravará cualquier otro ingreso adicional que obtengan estos trabajadores por la comercialización de sus presentaciones y obras, o por el ejercicio de otra actividad económica aprobada.

“Las nuevas regulaciones disponen, además, que al recibir un premio en metálico el artista o creador solo tiene que pagar un cuatro por ciento del monto total del mismo en la Oficina de Administración Tributaria. Por otra parte, establece que el porcentaje de participación de las empresas por la gestión del contrato y otros servicios que ofrecen a los artistas y creadores para la comercialización de las obras o las presentaciones artísticas se hará de mutuo acuerdo y en un rango de hasta un 30 por ciento. Sin embargo, esta cifra puede llegar al 40 por ciento en el caso de la discografía.

“Las normativas regulan también un régimen especial de la Seguridad Social de los creadores, artistas, técnicos y personal de apoyo que los protege ante la vejez, invalidez, maternidad o, en caso de muerte, a su familia. De igual modo se llevarán a cabo estudios de carga y capacidad tributaria a las diferentes manifestaciones artísticas”.

La Mesa Redonda dedicó su emisión a responder las interrogantes planteadas por la población con respecto a la Ley Tributaria.

Yolanda Álvarez, jefa de la ONAT, señaló en que las provincias de Las Tunas, Granma, Cienfuegos y Mayabeque, son las que mejor muestran un ritmo en el proceso de Declaración Jurada en este 2014, y señaló que Sancti Spíritus, La Habana, Matanzas y Santiago de Cuba son los territorios más rezagados.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, apuntó que los Consejos de la Administración Municipal del Poder Popular están facultados para que cambien las tasas tributarias, de acuerdo a la situación imperante.

Belkis Pino, de la Oficina de Atención al Contribuyente, explicó además que tomando en cuenta que las condiciones no están creadas, se ratifica la no exigencia del Impuesto sobre Ingresos Personales sobre los salarios.

Yamilé Pérez, vicejefa de la ONAT, sostuvo que las personas que reciben remesas del exterior tampoco pagan impuestos por ello, así como que por el momento quienes reciban financiamiento por algún trabajo en el exterior no deberán pagar impuestos, algo que sí está contemplado en la Ley, pero que por ahora no se aplicará.


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