El Código de Seguridad Vial, una seguridad para la vida (+ Video)

Sobre “El Código de Seguridad Vial y su aplicación en el país” se dialogó este jueves en el programa radiotelevisivo Mesa Redonda Informativa en el que participaron representantes del Ministerio del Transporte, la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional Revolucionaria y el Instituto de Medicina Legal.

Discutida ampliamente en audiencias públicas y otras reuniones desde el nivel municipal hasta el nacional, la Ley 109 fue aprobada en el quinto período ordinario de sesiones de la séptima legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular el 1ro de agosto de 2010.

Esta es una norma que se basa en otra concepción de la seguridad en las vías, con el propósito de brindar mayor protección a conductores y peatones; este nuevo código incluye multas de advertencias o notificaciones solo preventivas, una de las experiencias de la práctica internacional incorporadas en esta ocasión, explicó el Secretario de la Comisión Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte, Oscar del Toro Quezada.

Con esta nueva Ley del Código de Seguridad Vial, dijo, se perfecciona y actualiza la vigente hasta ahora que data del año 1987, conocida entre los cubanos como el Código de Vialidad y Tránsito y, al mismo tiempo, se ha puesto a tono con la experiencia e instrumentos internacionales de avanzada.

En su primer artículo, esta Ley especifica que su objetivo esencial es regular integralmente la actividad vial y establecer sus principios básicos, así como definir las funciones de los Ministerios del Transporte y del Interior, como rectores de este código, añadió.

“La nueva legislación menciona las responsabilidades de los organismos e instituciones implicados, y la estructura y funciones de las Comisiones de Seguridad Vial, que serán constituidas para realizar estudios, además de coordinar los esfuerzos de las entidades que intervienen y promover iniciativas”.

El mejoramiento de la red vial y del estado técnico de los vehículos, así como el incremento de las campañas de educación y de las medidas contra quienes conducen bajo los efectos del alcohol destacan entre las principales acciones fomentadas por el Ministerio del Transporte para preservar la vida de conductores y peatones, concluyó.

Con la nueva legislación queda prohibido para chóferes profesionales noveles y en fase de aprendizaje conducir bajo los efectos del alcohol, drogas y sustancias de efectos similares e imposibilita -que junto al conductor- viaje una persona que haya ingerido bebidas alcohólicas al punto de poner en riesgo la capacidad de quien lleva el timón, indicó el Teniente Coronel Mario Ríos Labrada, jefe del Departamento de Dirección del Tránsito del Ministerio del Interior.

Aquellos reincidentes en manejar sin licencia estarán expuestos a carecer de circulación temporal y al decomiso del vehículo en aras de ordenar y contribuir a la seguridad vial, comentó el directivo de la PNR.

“El período de cancelación de este documento varía de tres a cinco años a un lapso de uno hasta 12 meses a partir de análisis casuísticos”.

Asimismo, añadió que la Ley 109 aprueba parquear a ambos lados de una calle con un solo sentido de circulación si es secundaria, de poco tránsito, residencial y con el ancho suficiente, y resulta punible el estacionamiento en acera, paseo o césped.

También precisó que las competencias de velocidad conllevarán desde la primera vez la cancelación de la licencia de conducción del trasgresor si es el titular y el decomiso del carro.

Los accidentes del tránsito constituyen la quinta causa de muertes en Cuba, lo cual obligó a actualizar las regulaciones existentes, en aras de reducir la tasa de mortalidad y las consecuencias de las transgresiones de ese tipo, indicó la directora del Instituto de Medicina Legal del Ministerio de Salud Pública, la doctora Marlene Lasanta Montesinos.

(Con información de Radio Rebelde)

“El Código de Seguridad Vial y su aplicación en el país” se dialogó este jueves en la Mesa Redonda en el que participaron representantes del Ministerio del Transporte, la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional Revolucionaria y el Instituto de Medicina Legal. Foto René García

“El Código de Seguridad Vial y su aplicación en el país” se dialogó este jueves en la Mesa Redonda en el que participaron representantes del Ministerio del Transporte, la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional Revolucionaria y el Instituto de Medicina Legal. Foto René García

Oscar del Toro, de la Comisión Nacional de Seguridad Vial, recordó que el instrumento legal entró en vigor en marzo pasado, tras la celebración de audiencias públicas, consultas con 13 organismos de la Administración Central y opiniones de los diputados. Foto René García

Oscar del Toro, de la Comisión Nacional de Seguridad Vial, recordó que el instrumento legal entró en vigor en marzo pasado, tras la celebración de audiencias públicas, consultas con 13 organismos de la Administración Central y opiniones de los diputados. Foto René García

La legislación acentúa la severidad de las medidas contra las indisciplinas más graves, entre ellas ingestión de bebidas alcohólicas, consumo de drogas, circulación a exceso de velocidad, entre otras. Foto René García

La legislación acentúa la severidad de las medidas contra las indisciplinas más graves, entre ellas ingestión de bebidas alcohólicas, consumo de drogas, circulación a exceso de velocidad, entre otras. Foto René García

Mario Ríos Labrada, de la Dirección de Tránsito de la PNR, calificó de conveniente el perfeccionamiento del sistema de prevención y educación en las avenidas de toda la población, y la capacitación de los conductores para disminuir los casos y sus consecuencias. Foto René García

Mario Ríos Labrada, de la Dirección de Tránsito de la PNR, calificó de conveniente el perfeccionamiento del sistema de prevención y educación en las avenidas de toda la población, y la capacitación de los conductores para disminuir los casos y sus consecuencias. Foto René García

Los accidentes del tránsito constituyen la quinta causa de muertes en Cuba, lo cual obligó a actualizar las regulaciones existentes, indicó la directora del Instituto de Medicina Legal, Dra. Marlene Lasanta Montesinos. Foto René García

Los accidentes del tránsito constituyen la quinta causa de muertes en Cuba, lo cual obligó a actualizar las regulaciones existentes, indicó la directora del Instituto de Medicina Legal, Dra. Marlene Lasanta Montesinos. Foto René García

5 Comentarios »

  • evian dijo:

    Queremoa la Copa America por TV ya!!!!
    Randy mijo..di algo pro que tanto silencio conspiratorio…?

  • Luis Atravesado dijo:

    SUGIERO SE ACTIVE UNA LINEA TELEFONICA GRATUITA (HASTA PARA LOS CELULARES) Y DIRECION DE EMAIL DONDE SE PUEDA LLAMAR Y REPORTAR LOS SEMAFOROS ROTOS O APAGADOS PARA QUE ENVIEN AGENTES A DIRIGIR EL TRANSITO, ESO EVITA MUCHOS ACCIDENTES Y SIN EMBARGO LOS AGENTES NO ESTAN CUANDO HACEN FALTA E INCLUSO LOS HE VISTO A MENOS DE 50 METROS DE UN SEMAFORO EN ESAS CONDICIONES PONIENDO MULTAS, EN VEZ DE DIRIGIR EL TRANSITO, DESPUES QUE UN ACCIDENTE OCURRE, YA LAS MULTAS O SANCIONES RESOLVERAN NADA.

    TAMBIEN PROPONGO COOORDINACION ENTRE LA EMPRESA ELECTRICA Y TRANSITO, PARA QUE LA PRIMERA REPORTE INMEDIATAMENTE A LA SEGUNDA LAS ZONAS CON INTERRUPCION DEL SERVICIO ELECTRICO Y RAPIDAMENTE TRANSITO PUEDA ENVIAR AGENTES A DIFIRGIR EL TRANSITO A TODAS LAS INTERCEPSIONES SEMAFORIZADAS, QUE POR GUSTO NO LO ESTAN, SINO POR SU RIESGO Y TRAFICO VECHICLUAR.

    PERSONALMENTE HE TENIDO QUE ATARVEZAR 31 Y 42 (DONDE CONFLUYEN 10 SENDAS) Y 100 Y 51 EN HORARIO PICO DEL TRANPORTE SIN SEMAFORO, UN VERDADERO SUICIDIO, SIN EMBARGO UNOS METRO MAS ADELANTE ME HE ENCONTRADO UN POLICIA PONIENDO MULTAS.

  • Carlosglez dijo:

    Solo quiero preguntar a nuestra Mesa Redonda por que los automóviles en Cuba, específicamente los de TURISMO, TRANSGAVIOTA,TRANSTUR,ASTRO,que años tras años son enviados a materia prima a picar casi nuevos y todos van caminando a ese lugar por cumplir con el kilometraje no acto para turismo y nosotros los Cubanos de a pie trasladándonos en almendrones y camiones particulares todos de antes del 59, nadie se ha hecho rico en Cuba ni el mundo por que tire pasaje de Tunas a Holguin en un Camión particular, pero que cómodo seria ir en una SCANIA de TRANSGAVIOTA como la vi yo dar su ultimo viaje a la habana y de hay para materia prima, como nos confeso su propio chofer, que después tenia que recoger una YUTONG, en la base, ese ómnibus se la cambio yo al mejor trabajador por cuenta propia que posea un camión particular, el que mas contribuye con su patente, al que menos multas tengas, y lo pongo en función del pueblo de Cuba, yo no tengo auto y casi ni manejo lo que si quiero es trabajar y mejorar nuestro país para que mi hija no pase lo que yo paso como padre para llevarla a un turno medico en Holguin en un camión particular con asientos de angulares de hierro y soltando humo por los cuatros costados.

  • jesús dijo:

    Estoy de acuerdo con la nueva ley 109 código de seguridad Vial, pero la práctica es mucho más rica que lo que puede ser recogida en una ley. Digo esto porque la Revolución nos enseño a pensar, razonar y sacar conclusiones.
    Nuestros medios audiovisuales constantemente realizan reportaje sobre choferes que van vacíos y no recogen a los innumerables de compatriotas que van a trabajar, estudiar, que aportan al desarrollo y protección de la patria que andan a pie a lo largo y ancho de la Isla.Por otro lado, se puso a trabajar a cientos de personas para que contribuyeran con esta noble tarea lo cual es una política desarrollada desde la máxima dirección del País, todo esto entra en contradicción con el ejemplo que le voy a poner, si alguíen tiene los elementos convincentes que me pueda explicar quizás lo pueda entender:
    El pasado 24 de mayo, me encontraba detenido en el extremo derecho (más próximo al contén, delante tenía un vehículo y detrás varios esperando el cambio a la luz verde en el semáforo de 5ta y 118, la primera parada del P1 (qe está en la otra senda) tiene una cola que llega a la esquina, se me acerca una estudiante y me pide que la adelante por 5ta Ave hasta el Vedado, le digo que sí (quedan 10 segundos de la luz roja), ella sube y al escuchar esto tres estudiantes que estaban en el conten se suben al vehículo, ponen la verde, no puedo iniciar la marcha porque no se ha cerrado la puerta trasera, al cerrarse inicio la marcha han transcurrido dos segundos de la luz verde, el agente No Q105974 que se encuentra en el lugar me detiene y me pone una multa equivalente a la de mayor peligrosidad (12 puntos). Trato de explicarle, no escucha solo se dedica a escribir y solo decir que es la vía expedita, le dije si se estuviera moviendo máxima dirección del País usted no me stuviera poniendo la multa porque los vehículos no se podían detener en el semáforo. Seguido de la multa puesta por el agente la pague y la reclamé en la Unidad de la PNR de 110 y 3ra. La respuesta de la comisión fue verbal: Sin Lugar, pregunté si podía reclamar a otro nivel se me dijo que no.
    Pregunto cómo es posible que en nuestro País se le imponga la multa de mayor peligrosidad (igual que si se llevara la luz roja o una señal de Pare, viajara a exceso de velocidad, etc) a un conductor que su único objetivo fue ayudar a aliviar la situación que tiene el transporte en el País, a los millones de compatriotas que andan a pie en Cuba. Que enseñaza tiene esa multa para los conductores, porque en ese mismo lugar diariamente vemos hasta los mismo agente del orden pidiendo botella. El artículo 152/1 que se me aplicó no recoge este hecho:
    “Art 152. La luz verde indica que:
    1) los conductores de vehículos pueden continuar la marcha por la vía que circulan, girar a la derecha y a la izquierda con precaución en las intersecciones donde no se prohiba este giro cediendo el paso a los vehículos que circulan en sentido contrario y sin obtruir la circulación de los vehículos que lo suceden. Se exceptuan de esta regulación los carriles para lo que se disponga de una fase semáfórica para el giro de izquierda simultaneo o no con el sentido recto.”
    Le agradecería a los licenciados en leyes y en lengua castellana que me expliquen como está tipificado la violación impuesta en este artículo.
    ¿Cómo se puede multar al alguien con la multa de mayor peligrosidad vial por cumplir una política del País, de defensa de sus valores y en última instancia de la patria?
    Gracias por esta oportunidad y espero comentarios al respecto y ojalá llegue a oidos de quienes pueden accionar al respecto y puedan dar una respuesta convincente al respecto.

  • francisco dijo:

    no entiendo que un conductor que posee una categoria mayor que es categoria B tenga que pasar trabajo para poder sacar la de moto eléctrica siendo de inferor categoria primeramente como esta el problema del transport y la otra problematica es el proseso y tramitacion que esta muy dificil hacerlo pienso que se debe tomar carta en el asunto ya que en la categoria F solamente es tramite nada mas siendo equipos de motor ha si no tienes ninguna categoria creo que si deben octener dicha categoria gracias

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