Foro Debate y Mesa Redonda: La empresa estatal y la distribución de la riqueza (Parte final)

La Mesa Redonda te invita a participar este miércoles desde las 10:00 am en Foro Debate junto a autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Economía y Planificación, el Ministerio de Finanzas y Precios y la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos quienes responderán este miércoles en el programa a las opiniones y preguntas de la población sobre la aplicación de la Resolución 17, la transformación de la empresa estatal socialista y otros importantes temas.

6 Comentarios »

  • Dionisio dijo:

    Para María Molina
    Viceministra del MTSS
    Para el caso de las OSDE el proyecto de resolución que derogará la Resolución 17 establece que planifican hasta 1.5 veces sobre el salario medio de la empresa que mayor salario medio planificó, pero no dice nada de la creación real del fondo de salario
    No se dice nada sobre si las OSDE van a tener que cumplir con el coeficiente de Salario por Peso de Valor Agregado Bruto, sólo lo relacionado con la planifación
    Según el proyecto de resolución si las Empresas incumplen hay que penalizar a las OSDE pero si las empresas sobre cumplen entonces cómo sería la formación del fondo de salario, me pregunto se pretende con este proyecto mantener fijo el salario de los trabajadores de las OSDE o vincularlo a los resultados de sus empresas
    Debe haber equidad y justeza en la aplicación del pago por resultados, a menor formación del VAB por las empresas menor salario para las OSDE y a mayor formación del VAB por las empresas debe haber mayor salario para las OSDE
    Si ese principio se pierde ya no es pago por resultados en las OSDE sería retroceder, se comienza a despertar la desmotivación, ya de hecho los trabajadores de las OSDE pensamos así, si va a ser fijo el fondo de salario de las OSDE, para qué nos interesa que sobrecumplan ni ayudarlas a buscar nuevos negocios, ayudarlas a explotar las reservas acumuladas, a luchar por mover los inventarios de lento movimiento y ociosos, etc. etc
    Creo que no debemos retroceder. en el vínculo resultados Empresas – OSDE
    Por qué dejar de vincular el salario de las OSDE a los rsultados de sus empresas, eso sería diaparatado
    Existen formas para lograr la equidad, las empresas forman mayor VAB deben aportar más a las OSDE a partir del coeficiente que da dividir el Fondo de Salario de las OSDE entre el VAB Plan del año y después ese coeficiente se multiplicaría por el VAB creado realmente, además están los ahorros en otros conceptos del presupuesto de gastos de las OSDE que no son necesariamente salarios, a mayores ahorros mejores resultados y con dichos ahorros se puede incrmentar el salario de las OSDE, no hacerlo sería fatal.
    Creo que la Resolución 17 debía ser revisada sobre todo por el tema UEB, pero en lo que se había logrado por qué retroceder
    La vida lo dirá
    Espero por sus aclaraciones
    Mis saludos,
    Dionisio
    Cuadro de una OSDE

  • boris pino núñez dijo:

    Se pudiera explicar cuáles son los argumentos que hay detrás de los cambios estructurales y organizativos del sistema empresarial, que ha llevado a la eliminación de un alto porciento de empresas a nivel de base al convenrtirlas en UEB, por lo tanto a este nivel donde se realiza la producción real de bienes y servicios, hay una disminución real de facultades para los cuadros y dirigentes, que limita su gestión y frena el real desarrollo de las potencialidades productivas unido además a un entramado marco regulatorio. Pienso que se hace una estructura pensando más en como mantener el control centralizado de desiciones y recursos que en la mejora de la gestión y la eficiencia. Con la estructura de empresas a nivel de base por supuesto que se deja en muchas más personas el control de bienes y recursos y la delegación de facultades, pero
    ¿Acaso no es más eficiente que un central azucarero por ejemplo sea una empresa y no una UEB?. ¿Si el director con su consejo de dirección, que son los que saben, los que están con los trabajadores, los que tienen que lidear con los problemas reales, tuviera las facultades y los recursos a su disposición, no fueran mucho más eficientes los procesos productivos, allí cerquita de donde se dan los problemas y donde se necesita de una toma de desiciones, acertada, rápida y eficiente?

  • dySan dijo:

    Saludo a los panelistas de la Mesa Redonda, muy importante el programa que ha atraido muchos comentarios y atenciones de toda la población, primero quisiera saber si existe alguna diferencia en cuanto a la conformación del VAB para los servicios vendidos con respecto a bienes materiales vendidos, porque solo se hace referencia siempre que se refieren a este parámetro a bienes materiales producidos y no a los servicios brindados; por otra parte deseo se me aclare en que consiste y dentro de cual sistema de pago se reflenda el “AHORRO RELATIVO DE SALARIO”, mediante el cual algunas administraciones se amparan para pagarle a los trabajadores no vinculados a la producción, porque no lo veo amparado en la tan polemica y aprovechada por algunos empleadores Resolución 17 de 2014 del MTSS, tengase en cuenta que en una época se decia que la piramide estaba invertida sin embargo se han respaldado muchos en la normativa antesmentada para enderesarla a su favor y de que manera; por último si alguién pudiera aclararme en que se pudiera amparar un Directivo para no pagarle el porciento reglamentado a un trabajador que prestó con calidad un Servicio contratado, solo porque este pago (de un servicio prestado dentro del mes), fue pagado en los primeros días del mes proximo, incluso a finales de ese propio mes.
    Consideren que el salario que arbitrariamente no se le paga al trabajador vinculado directamente a la producción, es “ahorro relativo” que estos directivos distribuyen entre los indirectos, lo cual afecta la autoestima de los trabajadores y no estimula el trabajo productivo.

    Gracias

  • Tatiana Mercadé dijo:

    En el proyecto de resolución que derogará la Resolución 17/14 del MTSS que hemos visto y analizado en varios intercambios con funcionarios y directivos del MTSS para el caso de las OSDE se establece un límite de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de la empresa que más salario planifica, lo que pone, además de un tope al salario de estos trabajadores, un freno a la eficiencia de la Oficina Central de las OSDE y la desvinculación de sus trabajadores a los resultados que obtienen las empresas subordinadas, lo que constituye un retroceso en lo que se ha logrado hasta hoy, dejando de ser un PAGO POR RESULTADOS para los trabajadores de las OSDE y por consiguiente una desmotivación.

    Hay que cambiar lo que deba ser cambiado en beneficio de nuestro país y su desarrollo, cumplimentando Nuestra Constitución y la política trazada en los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución e incrementar la productividad del trabajo, elevar la disciplina y el nivel de motivación de los trabajadores del sector industrial estatal que hoy por hoy, es el más afectado y es el que realmente incide en el incremento y desarrollo de las producciones y de la macroeconomía de nuestro país.

    Estos topes que se establecen por el MTSS en el proyecto de la nueva norma consideramos deben ser reevaluados, sabemos que se han producido hechos por falta de ética y de exigencia de UNOS POCOS que han pretendido dar al traste con los logros que hasta hoy OTROS MUCHOS hemos obtenido, pero el mecanismo que se está diseñando afecta a TODOS por igual, deberían establecer tal vez más indicadores directivos o límites en la norma para medir la eficiencia, eficacia y productividad real, pero no limitaciones a las facultades para el Sector Empresarial Cubano porque eso va contra la política trazada.

    Tatiana
    Especialista OSDE GELECT. MINDUS

  • dySan dijo:

    Saludo a los panelistas de la Mesa Redonda, muy importante el programa que ha atraido muchos comentarios y atenciones de toda la población, primero quisiera saber si existe alguna diferencia en cuanto a la conformación del VAB para los servicios vendidos con respecto a bienes materiales vendidos, porque solo se hace referencia siempre que se refieren a este parámetro a bienes materiales producidos y no a los servicios brindados; por otra parte deseo se me aclare en que consiste y dentro de cual sistema de pago se reflenda el “AHORRO RELATIVO DE SALARIO”, mediante el cual algunas administraciones se amparan para pagarle a los trabajadores no vinculados a la producción, porque no lo veo amparado en la tan polemica y aprovechada por algunos empleadores Resolución 17 de 2014 del MTSS, tengase en cuenta que en una época se decia que la piramide estaba invertida sin embargo se han respaldado muchos en la normativa antesmentada para enderesarla a su favor y de que manera; por último si alguién pudiera aclararme en que se pudiera amparar un Directivo para no pagarle el porciento reglamentado a un trabajador que prestó con calidad un Servicio contratado, solo porque este pago (de un servicio prestado dentro del mes), fue pagado en los primeros días del mes proximo, incluso a finales de ese propio mes.
    Consideren que el salario que arbitrariamente no se le paga al trabajador vinculado directamente a la producción, es “ahorro relativo” que estos directivos distribuyen entre los indirectos, lo cual afecta la autoestima de los trabajadores y no estimula el trabajo productivo.

    Gracias

  • odalis dijo:

    una pregunta para la VM María Molina

    en el caso de los indicadores directivos como se realiza su análisis para afectar el pago en corrspondencia con su cumplimiento solo a nivel de la UEB sin tenr en cuenta el cumplimiento a nviel de la emrpesa o hay que tener en cuenta el cumplimiento a nivel de UEB y tambein a nivel de emrpesa

    por ejemplo:

    Una emrpesa que tiene 8 UEB y hay 2 que no cumplen las ventas y a nivel de empresa tampoco se cumplen ?Cómo procede la afectación de este indicador? solo afecto a las dos UEB que incumplieron y al resto aunque la empresa haya incumplido no las afecto ??? o tengo que afectarlas por el cumplimiento total de la emrpesa y a las dos que incumplieron doble por el incumplimiento de la empresa y el de ellas??

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