¿Cómo cambia la ciudadanía en el proyecto de Constitución de Cuba? (+ Video)

La iniciativa que irá a consulta popular del 13 de agosto al 15 de noviembre propone el principio de la ciudadanía efectiva. Foto: Internet

La iniciativa que irá a consulta popular del 13 de agosto al 15 de noviembre propone el principio de la ciudadanía efectiva. Foto: Internet

El proyecto de nueva Constitución de Cuba representa una reforma total de la carta magna vigente desde 1976, con el tema de la ciudadanía como uno de los que cambia.

La actual ley de leyes no admite la doble ciudadanía, mientras que la iniciativa que irá a consulta popular del 13 de agosto al 15 de noviembre propone el principio de la ciudadanía efectiva.

El artículo 32 de la Constitución vigente precisa: ‘No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana (…)’.

Por su parte, el proyecto aprobado el 22 de julio por la Asamblea Nacional del Poder Popular recoge: ‘Los ciudadanos cubanos en el territorio nacional se rigen por esa condición, en los términos establecidos en la ley, y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera’.

A propósito del tema, el director de Asuntos Consulares y Cubanos Residentes en el Exterior (Daccre) de la Cancillería, Ernesto Soberón, explicó en esta capital a la prensa que la ciudadanía efectiva es un principio de derecho y no una norma jurídica.

De acuerdo con el funcionario, en la isla se necesitaba incluirlo dentro de la Constitución, con el objetivo de que tenga posteriormente un reflejo en las normativas correspondientes.

Los cambios fundamentales propuestos responden a que con la adopción de una nueva ciudadanía no se pierde la cubana, y que una vez en el territorio nacional, el ciudadano cubano se rige por esa condición y solo puede hacer uso de la misma, señaló.

Según Soberón, a partir de lo propuesto, el ciudadano cubano que quiera viajar hacia el exterior o desde el extranjero a la isla tendrá que hacerlo con su pasaporte cubano.

Después de la consulta popular convocada hasta el 15 de noviembre, el texto regresará a la Asamblea Nacional con las propuestas, en aras de la elaboración de la carta magna que irá a referendo aprobatorio.

(Con información de Prensa Latina)

5 Comentarios »

  • Ernesto dijo:

    En el Articulo 35 párrafo 131 como se propone y de aprobarse, los ciudadanos de doble ciudadanía como por ejemplo los ciudadanos españoles no podrían viajar al exterior con el pasaporte español que en este caso es la aprobación para viajar a una serie de países. El permiso de entrada a un país lo otorga dicho estado, si se admite la entrada con un pasaporte dado, no se debería exigir visa en el pasaporte cubano. Si el objetivo de este artículo es evitar que se cometan delitos amparados en otra ciudadanía, punto que estoy de acuerdo debe eliminarse, debe redactarse de otra forma, de manera que el ejemplo que expongo del caso de los ciudadanos españoles, o de otra ciudadanía en general que que a través del pasaporte de ese país se pueda viajar a algunos países, debe respetarse
    Se podría redactar el artículo de la siguiente manera
    Los cubanos con doble nacionalidad, que viven en el territorio nacional, no serán afectados en cuanto a las prerrogativas de su doble nacionalidad, siempre y cuando no entren en contradicción con las obligaciones inherentes a la ciudadanía cubana.
    Otra cosa al limitar la posibilidad de viajar con pasaporte español u otro europeo a los estados unidos, se le estaría haciendo el juego a Trump, que está haciendo lo imposible para obstaculizar los viajes a los ciudadanos cubanos. ¿Por qué Cuba debería dificultar los viajes? ¿Por qué tendríamos que hacerle el juego a Trump? “

  • Rafael dijo:

    Plenamente de acuerdo con Ernesto, creo que en nuestro pais, a todos los cubanos se les trata con los mismos derechos pues han desaparecido limitaciones del antaño que todos recordamos. La diferencia fundamental existe en la posibilidad de salir del pais sin pedir visa. Me parece que ese es el punto principal y debe ser esclarecido. Se hace uso en Cuba del pasaporte (español que mas de 400 mil cubanos tienen) para salir sin visa en el pasaporte cubano cuando lo presenta en el cualquiet aeropuerto cubano y eso puede ser tomado como un privilegio dentro del territorio nacional. Hay que estar muy atentos a este punto en especifico.

  • Yane dijo:

    En mi opinion, la cuidadania española se adquiere por derecho de nacimiento, al igual que la cubana, por eso la persona que tiene doble ciudadania no es un privilegiado, sino solo un cubano que tiene en sus antecesores raices cubanas y españolas. No solo existen 400 mil cubanos en esta condicion, ya en Cuba hay haiticubanos, domicubanos, jaimacubanos, chinocubanos, perucubanos, entre otros, y tiene ambas ciudadania otorgado por sus raices y no por una institucion politica o gubernamental.

    Pienso que no se le deben de extirpar los derechos a aquellos que lo han obtenido por herencia de sus ancestros.

    Antes que esto, deberian de hacer mas esfuerzos para lograr libre visado a los cubanos , pues todo el mundo sabe lo dificil que es viajar a otro pais para un cubano de a pie, lo que cuestan los visados, los pasajes, el viaje, etc, a los que casi ni el 10% de la poblacion pueden acceder.

    Si los cuidadanos españoles pueden viajar sin visa, y en sus viajes entran mercancias para vender en el pais, entonces mejoren el sistema de comercio y de produccion para suplir las necesidades y no dejar brechas para este tipo de negocio y no quieran elimnarlo quitandole los derechos a los que nacimos de padres de diferentes paises.

  • Ivys D dijo:

    Pero no entiendo cual seria el cambio pues hoy los ciudadanos cubanos q tienen pasaporte español salen y entran a cuba con su pasaporte cubano, q es lo que cab}mbia?

  • espejo dijo:

    Ivys D, salen con su pasaporte español y entran con el cubano, como es lógico debe mantenerse. Si se permite tener la nacionalidad española, como van a prohibir que se use dicho pasaporte… que contradicción…para después no cumplirse el artículo, como no se cumple en el hoy vigente.

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