Este martes en la Mesa Redonda, Nuevos Tributos en el sector empresarial del país

Directivos del Ministerio de Finanzas y Precios y la Oficina Nacional Tributaria y representantes de la Central de Trabajadores de Cuba informarán este martes, en la Mesa Redonda, sobre la próxima aplicación del impuesto sobre los ingresos personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social a la fuerza laboral del sistema empresarial estatal cubano.

Cubavisión, Cubavisión Internacional y Radio Habana Cuba transmitirán el programa desde las 7:00 pm y el Canal Educativo lo retransmitirá al final de su emisión del día.

3 Comentarios »

  • José Ramón Piñeiro Hidalgo dijo:

    no me queda claro como se cobran los impuesto, según los ejemplos que se pusieron en la prensa si gano 499 no pago nada pero si gano 500 pesos o sea un peso mas debo pagar el 5 % o sea cobraría 475 pesos, pero vamos a otro ejemplo en el caso de que gano 2500 pago el 5 % (125 pesos ), pero si si gano 2501 pesos pago el 8 % que serian 200.08 pesos , lo que implica que por ganar un peso mas pago 75 pesos mas o de otra forma al final cobro 75 pesos menos debido a que gano 1 peso mas que el que el que cobra 2500 pesos y se repite la historia para los de mas de 5000 pero por ganar un pesos mas pierden 250 pesos , me parece un poco irracional esa manera de cobrar impuestos , pienso que lo lógico es que el tramo hasta 2500 se paga el 5% lo que pase de 2500 hasta 5000 por ese tramo pago el 8% y por lo que cobre por encima de 5000 pago impuestos por el 10%

    JoseraPH

  • GVC dijo:

    Agradecería conocer si el impuesto sobre ingresos personales que menciona esta Resolución 261, es aplicable a empresas mixtas.

  • David Forés dijo:

    En mi centro laboral se analizó la propuesta del MFP y como resultado, surgieron innumerables dudas e insatisfacciones y se realizaron varias contrapropuestas.

    A continuación, un resumen de ellas:

    No percibimos cambios reales en las circunstancias económicas y sociales que recomienden la aplicación de los tributos recogidos en la Ley No. 113, a los trabajadores del sistema empresarial estatal. El argumento del aumento del salario medio de $584 en 2014 a $687 en 2015 (Datos ONEI), es insuficiente, pues este año la Asamblea Nacional del Poder Popular prevé una contracción a $644. http://www.cubadebate.cu/noticias/2016/07/08/marino-murillo-vienen-ajustes-en-la-economia-sin-afectar-servicios-fundamentales-a-la-poblacion/. Una decisión de esta magnitud debe de estar basada en el poder adquisitivo del salario para cubrir la canasta básica.

    En febrero del 2014 el Presidente de los Consejo de Estado y de Ministros Raúl Castro Ruz, reconocía “es cierto que el salario no satisface todas las necesidades del trabajador y su familia ” y para diciembre de ese mismo año reiteraba “Todos queremos y necesitamos mejores salarios”

    ¿Qué cambió de diciembre 2014 a diciembre del 2015?

    Independientemente de que la situación económica y social no recomienda aplicar los mencionados tributos; la Resolución No. 261/2016 recién sancionada por Ministerio de Finanzas y Precios contradice lo regulado en la Ley 113 al:

    1) Aplicar el tipo impositivo del cinco por ciento (5 %) por la distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia empresarial. La Ley 113 establece en el Artículo 290:

    Se excluyen de la base a que se refiere el artículo precedente:

    a) las cantidades pagadas a los trabajadores como estimulación, en efectivo o en especie, a partir de las utilidades obtenidas después de pagar el Impuesto sobre Utilidades;

    2) Aplicar la escala proporcional en vez del régimen de escala progresiva. Esto conlleva a que se viole el principio de equidad regulado en el Artículo 2 pues se producen los llamados saltos de escala. Este es un error técnico que cualquier economista o jurista puede resaltar.

    Artículo 2: “Los tributos se establecen sobre la base de los principios de generalidad y equidad de la carga tributaria, en correspondencia con la capacidad económica de los sujetos obligados a su cumplimiento.”

    …“El principio de equidad consiste en que las personas con similar capacidad económica, quedan sujetas a similar carga tributaria, y a las que demuestran una capacidad de pago diferente, se les determinen cargas tributarias diferenciadas, protegiendo a las de menores ingresos”

    3) Disminuir en la práctica el Mínimo Exento de 10 000 a 6 000 CUP. Se gravan los salarios de 500 pesos.

    La citada resolución, obvia la realidad económica de los trabajadores cubanos. Los tributos establecidos generan una carga fiscal muy alta, tomando en consideración que un salario de 500 pesos no cubre las necesidades básicas de un trabajador ni de su familia. Analizar con 500 CUP, o si se quiere 5000 CUP, que se puede adquirir a los precios publicados de CIMEX y TDR http://www.cubadebate.cu/especiales/2016/06/14/modificaciones-de-precios-a-productos-en-cuc-que-dicen-los-implicados-video-y-listados-de-precios/ , para solo citar dos ejemplos, se complejiza si pensamos en adquirir una vivienda o ir de vacaciones.

    Por tales motivos, se le debe demandar a la Asamblea Nacional del Poder Popular:

    1) Modifique, en uso de las facultades conferidas por la constitución en el artículo 75) inciso c), la Resolución No. 261/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios y la Ley 113, en particular los artículos 22 (Mínimo Exento) y 26 (Escala Progresiva), pues no se ajustan a la realidad económica y social de nuestro país.

    2) Cree una comisión de conjunto con la CTC, la Academia y otros actores interesados para realizar un estudio transparente sobre cuáles son los ingresos que debe de tener un trabajador cubano para cubrir sus necesidades básicas, en especial, alimentación, vestuario, calzado y vivienda y se establezca el Mínimo Exento de los Impuestos sobre los Ingresos Personales en base a ese dato y no sobre el Salario Promedio, como lo es hoy.

    El tema es mucho más complejo y tiene muchísimas más aristas, pero ya me he extendido mucho.

    Un último dato, tenemos los impuestos más altos de toda América Latina.

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