Fomentar una cultura tributaria y la disciplina fiscal

Por Yailin Orta Rivera, especial para la Mesa Redonda

Fotos de Roberto Garaicoa

La Ley 113 del Sistema Tributario, que entró en vigor en enero de 2013, con vistas a garantizar que los aportes monetarios sean suficientes para respaldar las decisiones de gasto social, además de mantener el déficit en rangos sostenibles para la economía, continúa aplicándose en Cuba de forma gradual y sostenida.

Esta legislación, que establece las normas sobre el pago de impuestos, tasas y contribuciones al Presupuesto del Estado, un presupuesto que además tiene la singularidad de que en más del 50 por ciento se dedica a gastos sociales que tranversalizan a toda la sociedad (educación y salud públicas, y seguridad social), determina que todas las personas naturales y jurídicas, con capacidad económica, están obligadas a liquidar los 19 tipos de tributos establecidos, tres contribuciones e igual número de tasas.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, explicó en la Mesa Redonda de este miércoles, que si hacemos un balance los tributos representan el 65 por ciento del total de los ingresos, lo cual confirma su importancia para asegurar el funcionamiento del Estado, además de estimular sectores, actividades y conductas que contribuyan al desarrollo socioeconómico de la nación.

Este cuerpo jurídico, que amplía y moderniza el instrumento anterior, que databa de 1994, tiene entre sus conceptos de aporte los impuestos sobre el Transporte Terrestre y la Propiedad o Posesión de Embarcaciones, así como sobre los ingresos personales; y como dato interesante del comportamiento de lo ocurrido en 2013, hizo notar el crecimiento a un 3,5 por ciento de las recaudaciones totales de los trabajadores por cuenta propia, lo cual fue de un uno por ciento cuando comenzó el régimen fiscal para esa forma de gestión.

El directivo precisó que como parte del carácter activo y flexible del cumplimiento de lo legislado, se contemplan regímenes especiales para determinados sectores. En tal sentido, destaca el agropecuario, para el cual se estableció una carga tributaria menor en relación con otras esferas económicas, al tiempo que no se imponen cargas fiscales por la posesión de las tierras, sino que se penalizan a los que las tengan ociosas.

Además, los productores agropecuarios reciben un tratamiento que buscará estimular la producción de alimentos y diversos productos del sector, al conceder un beneficio fiscal consistente en la reducción del 50% del tipo impositivo que se aplica a los demás sectores económicos en el impuesto sobre las utilidades.

De manera general, disminuye también el tipo impositivo del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, de un 25% a un 5% en un plazo de cinco años, con la exoneración del pago de ese tributo para los trabajadores por cuenta propia, agricultores y otras personas naturales que contraten hasta cinco trabajadores.

Igualmente, los que se afiliaron a las cooperativas no agropecuarias se benefician de la posibilidad de no tener que pagar tributos en los primeros tres meses de formadas.

Para este 2014, Vladimir Regueiro expresó el tratamiento financiero y tributario que tendrá el sector de la Cultura. Como ellos podrán contratar fuerza de trabajo para realizar sus obras o preparar sus presentaciones; y también tendrán la posibilidad de acceder a los servicios que brindan otros creadores, artistas y trabajadores por cuenta propia, al igual que sucede en el resto del sector no estatal, el Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo se pagará cuando se empleen los servicios de más de cinco trabajadores, lo cual puede reconocerse como gastos deducibles del Impuesto sobre Ingresos Personales.

El Impuesto sobre los Ingresos Personales no se aplicará al salario que perciben los artistas contratados en entidades pertenecientes al sistema de la cultura, la radio, la televisión, así como otras instituciones estatales. Será gravado con el Impuesto sobre Ingresos Personales cualquier otro ingreso adicional que obtengan estos trabajadores por la comercialización de sus presentaciones y obras, o por el ejercicio de cualquier otra actividad económica aprobada.

De los ingresos personales podrán descontar un mínimo exento de 10 mil pesos y hasta un 50 % de gastos deducibles propios de la actividad, de los cuales solo tendrán que justificar el 50 %. Otra peculiaridad es que podrán descontarse los tributos pagados en el exterior siempre que tengan los justificantes establecidos.

Otra de las particularidades que tendrá el ejercicio fiscal en este 2014, es que se implementarán las cargas impositivas por las acciones vinculadas al Medio Ambiente, entre los que se cuentan el uso y explotación de playas o los vertimientos a la bahía.

Yolanda Álvarez, jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), precisó en este espacio radiotelevisivo que en el año 2013 el comportamiento de la disciplina fiscal fue de un 91 por ciento, y que 15 mil contribuyentes no declararon, a los que hubo que conminar a hacer lo que les corresponde como ciudadanos.

Entre los estímulos fiscales que se han implementado, dijo, se encuentra eximir de un 5 por ciento del impuesto a los que paguen antes del 28 de febrero su Declaración Jurada, que tiene la particularidad de que los impuestos sobre el Transporte Terrestre y la Propiedad o Posesión de Embarcaciones se aportan dentro de los primeros nueve meses del año, en tanto, los Ingresos Personales se presentan antes del 30 de abril.

Sobre el beneficio del descuento, llamó la atención sobre el hecho de que solo un dos por ciento de los contribuyentes se favorecieron con esto en 2013. Y ahondó en que el año anterior se fiscalizó el 30 por ciento de las declaraciones, lo que arrojó 130 millones de pérdidas, de las cuales ya se han cobrado 75 millones.

Para esta nueva Campaña de Declaración Jurada y Pago de Tributos 2014 para personas naturales y jurídicas, que comenzó desde el 8 de enero, explicó que se capacitaron a todos los trabajadores para que puedan dar un servicio más personalizado y alertó de que se van a fiscalizar en esta ocasión el ciento por ciento de las declaraciones juradas.

Destacó que si los participantes declaran, y lo hacen en tiempo y correctamente, entre otras ventajas, será más factible para todos porque no habrá sanciones accesorias ni costos extra por incumplimiento; y será algo positivo para la economía, la sociedad y los propios contribuyentes.

Explicó, además, que emitir la Declaración Jurada cuanto antes será garantía de que se fiscalice con rapidez, lo que permitirá la rectificación y subsanación de errores, antes del cierre de la Campaña.

Ratificó que será un proceso justo, legal y transparente porque los contribuyentes podrán informarse adecuadamente y tendrán la posibilidad de reclamar si creen que la cantidad impuesta no es justa, o de llegar a un aplazamiento o convenio de pago, acuerdo que incluye el cobro del uno por ciento de interés por parte de la ONAT.

Belkis Pérez, de la Oficina de Atención al Contribuyente, destacó que para garantizar el cumplimiento de la Declaración Jurada y el pago de impuestos, existen normas legales como la Ley 113 del Sistema Tributario y el Reglamento 308, en las que se recogen las consecuencias de un incumplimiento.

Se establece que quien no haga su Declaración Jurada se convertirá en «omiso» y deberá pagar una multa de hasta 600 pesos. Por su parte, quienes incurran en la subdeclaración de ingresos, pueden ser multados con una cuota de hasta 10 000 pesos.

Yamilé Pérez, vicejefa de la ONAT, sostuvo que en esta Campaña se está garantizando a tiempo la documentación fiscal, que esta vez no estará a la venta. El 80 por ciento de las planillas que deben recibir los contribuyentes fue entregado por las Oficinas de Correos, mientras que los tenedores de libros y los pagadores de impuestos desempeñaron un papel importante en esta labor.

En el caso de quienes se han trasladado de domicilio fiscal y por este motivo no han recibido su planilla, deben llegar hasta las oficinas de la ONAT antes del 30 de abril para adquirir los documentos e informaciones.

Se aclaró además que la ONAT solo puede brindar el servicio y la asistencia, pero no está facultada para llenar las planillas de los contribuyentes, quienes deben dar la importancia correspondiente a su Declaración, proceso solemne y bajo juramento que no debe entregarse en mal estado ni ilegible.

Yolanda Álvarez, jefa de la ONAT, señaló que el propósito de esta entidad y del país es dar toda la asistencia e información a la población, en particular a los contribuyentes, para fomentar la cultura tributaria y la disciplina fiscal, y generar un clima de mayor cumplimiento y respeto a la Administración Tributaria y al Estado.

La Mesa Redonda dedicó su emisión a la Ley 113 del Sistema Tributario, que entró en vigor en enero de 2013.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, explicó en la Mesa Redonda de este miércoles, que si hacemos un balance los tributos representan el 65 por ciento del total de los ingresos, lo cual confirma su importancia para asegurar el funcionamiento del Estado.

El directivo precisó que como parte del carácter activo y flexible del cumplimiento de lo legislado, se contemplan regímenes especiales para determinados sectores.

El Impuesto sobre los Ingresos Personales no se aplicará al salario que perciben los artistas contratados en entidades pertenecientes al sistema de la cultura, la radio, la televisión, así como otras instituciones estatales.

Sobre el beneficio del descuento se llamó la atención sobre el hecho de que solo un dos por ciento de los contribuyentes se favorecieron con esto en 2013.

13 Comentarios »

  • Marta dijo:

    Muy buena explicación; ahora solo falta que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones y aprovechen los beneficios que se le otrogan, para que declaren en tiempo, y bien. Declare pronto y hágalo bien.

  • contribuyente acorec dijo:

    Soy trabajador de Acorec, automaticamente por la nueva ley tengo que pagar anual 376% de lo que pagaba con la anterior ley. ¿Cómo lo entiendo? Mi salario no es alto, pero con la nueva ley al multiplicar por 24 para llevarlo a M.N. automáticamente salta la las escalas del 50%. ¿Se ha tenido en cuenta alguna bonificación para estos casos? Lo que pago en impuestos con la ley nueva corresponde al 43% de lo que gano. Sinceramente no lo veo muy justo! Entiendo qu el que más gana es el que más aporta pero mi gratificación en CUC no es para volverse rico (sin impuestos), luego de impuestos malamente da para comprar la comida que consume mi familia, ni soñar comprar un electrodoméstico.

  • F. Ramos dijo:

    Trabajo para ACOREC y creo excesivo el impuesto, ya que no somos cuentapropistas sino empleados estatales.
    De lo que el empresario extranjero paga por mi a ACOREC yo solo recibo el 2 %, que son 340 MN. y con eso me tendre que retirar.
    Los empresarios extranjeros en Cuba, se ven obligados a dar una “gratificacion” al empleado cubano, ya que con el sueldo que da ACOREC nadie trabaja bajo la presion y responsabilidades que tenemos. Esa “gratificacion” es una parte minima de lo que el empresario tendria que pagar a un empleado en su pais de origen.
    ACOREC entiende nuestra situacion, pero de alli no pasa.

  • Helen dijo:

    Soy trabajadora de Acorec, que me paga un 2% de lo que recibe por mi por mi mano de obra. Así percibo un salario de 315 pesos moneda nacional, por el cual me voy a retirar. La dirección extranjera nos paga una “BONIFICACION” para garantizar nuestra productividad y una presencia personal decorosa en nuestros puestos de trabajo. La mencionada bonificación pudiéramos equipararla a una remesa familiar, o a la propina que recibe un dependiente o camarera, pues no es una salario fijo y depende de muchos factores que la recibamos o no y la cuantia que percibimos tampoco es fija. Cuando tuvimos que comprar un sello de 30cuc para inscribirnos en la Onat para pagar los impuestos entre el 10 al 20% en el 2008, nos pareció abusivo por ser un impuesto sobre una bonificacion, pero por otro lado nos alegraba tener ingresos legales y que además podíamos aportar a los menos favorecidos, aunque nunca nadie nos ha dicho a donde ha ido a parar todo ese ingreso. A pesar de que hablamos de unos 2 mil trabajadores de Acorec que probablemente somos los más rentables de este y cualquier país, nadie nos escucha y por supuesto a nadie le preocupa, pues no tenemos voz y mucho menos voto en este tipo de medidas, es por eso que utilizo esta vía. Y al resto de la población que nos considera como bichos raros, solo les digo que la ley 113 y el pago de los impuestos sobre los ingresos personales no es privativa de un sector o empresa, aplica y nos afecta este año a nosotros, pero si no se logra un cambio justo, en el 2015 puede ser Ud el que este escribiendo aquí.

  • Zaylin dijo:

    Los trabajadores que recibimos “gratificaciones” aun estamos esperando en alguna mesa redonda se nos explique como se analizo que nos tenemos que acoger al pago de los impuestos tal cual, como lo deben hacer los cuenta propistas. Realmente nos parece excesivo el monto a pagar anual, en la mayoria de los casos de un 30 a un 50%, o sea lo cobrado desde 3 a 6 meses donarlo integramente al fisco. En mi caso mi salario nominal mensual es de 260 pesos MN, comparable con el salario que recibe un jubilado, aun siendo profesional, el cual representa un 2% de lo que paga el extranjero en moneda dura, por emplear mi fuerza de trabajo. Por que no se nos paga ese valor multiplicado por 24??? y si se multiplica por 24 lo que tenemos que pagar por el impuesto?? Les pedimos una vez mas analicen la escala para los trabajadores ESTATALES que recibimos gratificaciones. Que quede claro que estamos muy claros de que hay que pagar impuesto y sabemos bien los beneficios que esto brindan solo que es abusivo el monto.

  • M Sanchez dijo:

    Me gustaria al menos oir ue nos mencionan en la Mesa Redonda, porque al parecer los contribuyentes que recibimos bonificaciones solo existimos para pagar, no para que sean respondidas nuestras inquietudes. No se nos menciona ni se nos tiene en cuenta cuando se hacen aclaraciones con respecto a este tema.
    La ley aplica para nosotros pero no es justa ni estamos conforme con ella. No tenemos los beneficios que obtienen los cuentapropista sin embargo pagamos mas impuestos que ellos y recibimos la ignorancia nacional de la ONAT y el Ministerio de Finanzas y Precios.
    Cuando nuestras dudas, obviadas hasta ahora, terminen en errores en el pago de la Declaracion Jurada, ¿seremos ignorados también?

  • JuanC dijo:

    Hola, soy otro de los afectados por el megaimpuesto al que estamos sometidos los trabajadores estatales contratados por ACOREC. Creo que es una injusticia de las mas grandes que se ha cometido en los ultimos tiempos, pues somos uno de los frentes que mas divisa aporta mensualmente a la economia nacional, si porque aclaro que es mensual el pago a ACOREC, y no hay invento de deudas extendidas ni nada, si el extranjero no paga a ACOREC, este ultimo nos cierra el contrato y nos quedamos sin trabajo y el pais con menos recaudacion de divisa (circulo cerrado como ven donde hasta 2012 todos estabamos tranquilos, aunque siempre inconformes). Asi de simple. Los trabajadores por cuenta propia, sujetos a la misma escala “pasmadora de desarrollo”, no pueden ser comprobados en sus cuantias declaradas, pues para ello necesitaria la ONAT tener un inspector para cada trabajador por cuenta propia, haciendole sombra el dia entero verificando de donde salen las mercancias que este utiliza. nosotros por el contrario recibimos la “gratificacion” a traves de un cheque al BFI, o sea, q no hay escape ninguno al impuesto. Es necesario aclarar que no queremos estar exentos de impuestos, al reves, se siente bien aportando al desarrollo del pais, pero no se siente bien quedandose con dinero para escasamente vivir. La ONAT debe darse cuenta que si aprietan, cada vez seran menos los beneficios de trabajar en una sucursal extranjera, y sin nosotros ACOREC (empresa estatal que nos contrata, recalco) se quedaria sin recaudar los flujos de divisa dura que hoy por hoy recauda.

  • Trabajador Acorec dijo:

    Quisiera saber sobre que base se hizo la ley tributaria, quien hizo esos calculos donde de un 100 casi tengo que aportar entre un 40 y un 50????
    Acaso no soy un trabajor honesto por trabajar en una entidad de este tipo???? ya existia un impuesto anterior, el cual si lo comparamos con el tema que nos ocupa, era nada……………y sin embargo era dinero……..con el cual sabemos cuanto ayudamos al pais en cuanto a entidades presupuestadas se refiere………..pero tambien pienso en mi familia, donde no solo se compone de mi estricto nucleo familiar, porque ahi considero, amigos, vecinos donde todos de alguna manera reciben mi ayuda y atencion…………con los calculos de hoy……..en fin, pienso que es una cifra desmedida, no bien pensada, y por supuesto la persona que se dedico a eso……….le importa un bledo los resultados personales nuestros??? sin embargo los trabajadores artistas, en fin del ministerio de la cultura, tuvieron sus comentarios y fueron escuchados y seguros estamos que se le encontrara una solucion logica y humana para ellos………..porque no para nosotros tambien?????

  • B Peña dijo:

    Soy trabajador de ACOREX y creo que la ley 113 es muy injusta con los que trabajamos para sucursales extranjeras. Primero que todo, debo explicar que recibimos un salario de ACOREX que apenas llega a los 300.00 cup, monto muy cercano al salario mínimo en nuestro país, a pesar de la preparación que tenemos, y la empresa extranjera paga a Acorex una cifra muy alta en divisas por nuestra labor. Ahora, según la ley 113, debemos pagar casi el 50 % de las gratificaciones que recibimos de la parte extranjera. Creo que no se tuvo en cuenta lo anterior, ni que gran parte de ese dinero alcanza solo para ayudar a nuestras familias y poder comprar algunos alimentos y productos de primera necesidad, la mayor parte, en las tiendas en divisas que tienen marginados sus productos hasta un 240 %. Los que creean que con las gratificaciones que recibimos somos ricos, están equivocados, con ese dinero solo podemos sobrevivir ante tantos problemas económicos que nos agobian. Además de todo lo expuesto, no hemos sido informado por ninguna institución o medio de comunicación sobre nuestras obligaciones tributarias, espero que la Mesa Redonda nos explique lo que ha sucedido en nuestro caso y como debemos proceder de acuerdo con las nuevas regulaciones. Estoy totalmente de acuerdo con el pago de los impuestos, pero no según la ley 113, lo cual será una gran injusticia.

  • Alfredo dijo:

    SOY TRABAJADOR DE ACOREC SA Y CONSECUENTEMENTE UN CONTRIBUYENTE .
    CONSIDERO QUE LA NUEVA LEY TRIBUTARIA BASADA EN CUP Y NO EN CUC NOS AFECTA DE MANERA CONSIDERABLE TODA VEZ QUE LA CONVERSION DE NUESTRAS GRATIFICACIONES A CUP SE VEN INCREMENTADAS DE MANERA OSTENSIBLE POR EL FACTOR TASA DE CAMBIO QUE LAMENTABLEMENTE NUESTRA ECONOMIA NO HA PODIDO REDUCIR A LO DESEADO .POR TAL RAZON EL CALCULO DE NUESTROS IMPUESTOS SIEMPRE TRIBUTA AL 50% DE LOS MISMOS EN GRAN MEDIDA.
    CONSIDERO QUE HASTA TANTO NO SE LOGRE REDUCIR LA TASA DE CAMBIO , EN NUESTRO CASO PARTICULAR ,DEBERA EXISTIR UNA COMPENSACION POR ESTE FACTOR O LA APLICACION DE UNA TASA EQUIVALENTE A LA RACIONALIDAD DEL IMPUESTO.
    DEBE TENERSE EN CUENTA QUE NUESTRA JUBILACION SE VE AFECTADA POR LOS BAJOS SALARIOS QUE RECIBIMOS EN CUP CON RELACION A OTROS SECTORES ESTATALES NO SUJETOS AL PAGO DE IMPUESTO.
    CONSIDERO QUE EL PAGO DE IMPUESTOS AL ESTADO ES UNA NECESIDAD PERO EN EL MARCO DE LA RACIONALIDAD.

  • albert dijo:

    Segun explico Randy, la ONAT respondera por esta via las dudas no tratadas en la Mesa Redonda.
    Por favor, digannos cuando empezaran, para salir de las dudas aun sin aclararse.

  • Manuel dijo:

    Fomentar una cultura tributaria y la disciplina fiscal

    Exigencia al Pago de Impuestos.

    Soy una Cana Atribulada de 59 años, me he desempeñado en diversas ocupaciones, Lic. en Derecho hace mas de 30 años, en otras funciones antes de ex Fiscal Provincial, Especialista A en Asuntos Jurídicos, Abogado y luego Director de una Sucursal en Santiago de Cuba del extinto Bufete Internacional S.A., me desempeño actualmente en el Turismo, como Esp. Abastecimiento de un Hotel.
    En Mayo del 2013, pase un Post Grado de ANEC, para habilitarme como Tenedor de Libro, primer curso de esa especialidad en nuestra ciudad Héroe, sobre ¨Preparación Contable y Tributaria para los Trabajadores por cuenta propia¨, para un futuro desempeño en esa actividad, me pase a partir de ahí mas de seis meses estudiando todo lo relacionado con el Derecho Tributario, habiendo tenido basta experiencia de la actividad en mi desempeño dentro del Bufete Internacional, por la asesoria que tuve que dar a las entidades que atendía dentro del Turismo.
    Que he observado en los últimos días, aun cuando hice toda una preparación formal, para esa posibilidad de actividad como Tenedor, que la inmensa mayoría de cuentas propistas, no quieren cumplir con sus obligaciones fiscales, ya que cuando les he abordado el futuro servicio que le podría dar, siempre hacen alusión a querer enmascarar sus obligaciones reales, ya que no quieren llevar adecuadamente el Registro de Gastos e Impuestos, para al final no hacer una Declaración Jurada DJ-08 con toda la declaración real de la actividad realizada. Ahí ha comenzado por ende una contradicción cuando les he explicado el riesgo que incurre cuando evaden su responsabilidad.
    Sabemos que muchos de los TCP acuden a Gestores, que se prestan para enmascarar las obligaciones reales, que deben hacer como Contribuyentes, pagándoles a esas personas inescrupulosas que lejos de ayudar a los mismos, les pueden ocasionar perjuicios que de seguro tendrán en un futuro, cuando las autoridades u funcionarios honestos de la ONAT u otras instituciones detecten las violaciones e infracciones que cometen los Trabajadores cuentapropistas; al evadir sus obligaciones Fiscales, mas aun en la reciente etapa de la Declaración Jurada.
    Evidentemente la causa principal de ello, radica en que no hay un hábito social de pagar impuestos, las gratuidades, igualitarismo, compadreo que se ha permitido, dentro de la sociedad cubana; ha conllevado que esa nueva clase trabajadora que son los TCP, se haya dejado influenciar de los malos hábitos de un desconocimiento Tributario, que les acarreara de seguro consecuencias nefastas, ya que en Cuba nos hemos acostumbrados a las ilegalidades, mas aun cuando Inspectores de todo tipo por tal de llenar sus bolsillos no cumplen con sus obligaciones, como representantes de una función estatal tan importante como es la exigencia del pago de Tributos; pero es bueno recordar que la actividad del TCP en Cuba, posee mas de 20 años de vigencia, cuando se legalizo la misma a mediados de la década del 90, en especial cuando se promulgo en 1993 el Decreto Ley 141 sobre el Ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia. Por ende las violaciones Fiscales por esa actividad ya se corresponde con una vida adulta; los TCP evaden sus obligaciones Fiscales hace mas de 20 año. QUIEN LE PUSO U LE PONE EL CASCABEL AL GATO.

    Le corresponde a los organismos rectores de la actividad Tributaria, a la Fiscalia General de la Republica, a la Contraloría General, con su reciente Resolución No. 512 del 2013, el fomentar en primer lugar la educación consciente del Pago de Tributos, de todos los ciudadanos con esa responsabilidad, para evitar Incumplimiento de las obligaciones tributarias.

    Ello contribuirá a que cada ciudadano se sienta responsable de cumplir con sus obligaciones, para poder exigir sus derechos ciudadanos y laborales. La divulgación a través de todos los medios de difusión debe tener un papel preponderante en educar a nuestro pueblo y sus ciudadanos a cumplir sus obligaciones Tributarias, ya que ello es una norma Universal, DAR AL CESAR LO QUE ES DEL CESAR, para poder exigirle al ESTADO que cumpla con una vital necesidad como es la aplicación ya de inmediato de una política de Unificación Monetaria, que necesitamos inmediatamente todos los cubanos.
    Manuel,
    La Cana Atribulada 27/01/2014

  • Alexander Mulet dijo:

    Mi inquietud es sobre el pago de impuestos durante situaciones en que por razones ajenas a la voluntad del Trabajador por Cuenta Propia se dispone paralizar la actividad laboral que realiza, consecuentemente no tiene ingresos económicos y se le exige que abone el 100 % de los impuestos y contribuciones como si hubiera trabajado normalmente. En diciembre de 2013 en el Reparto Lenin de Holguín donde laboro autoridades de Salud Pública dispusieron paralizar 10 días completos la venta de todo tipo de alimento ante un presunto brote de enfermedad digestiva, estuve sin trabajar la tercera parte del mes y al final tuve que pagar un importe por concepto de impuestos que nunca fue proporcional con el tiempo real trabajado y los ingresos obtenidos. Según funcionarios de la ONAT para tener derecho a un beneficio fiscal la ley establece que la paralización sea como mínimo de un mes. Considero que debe valorarse la modificación de la ley pues la carga tributaria tiene que ser proporcional con los ingresos del contribuyente, si este se encuentra impedido totalmente para el ejercicio de su actividad laboral no tiene ingresos y si no tiene ingresos de dónde sale el dinero para cumplir con el fisco. No pido que se exonere pero sí de que se disminuya o reduzca proporcionalmente la cuantía a pagar cuando una autoridad competente dispone paralizar 10 días completos una actividad laboral. Todas las personas, sin excepción, con quienes hablo sobre este asunto encuentran razonables mis argumentos pero solo la Ministra de Finanzas y Precios puede modificar la ley. Pienso que si de veras se quiere estimular el Trabajo por Cuenta Propia y coadyuvar a la formación de una cultura tributaria en quienes lo ejercen las leyes tienen que comenzar por ser lo más objetivas y justas posibles.

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